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cloboc
26/11/11, 18:07
Hola

Estamos en el proceso de compra de una plaza de garaje en un local en el que, obviamente, están construyendo un garaje, y hemos recibido una carta de la promotora en la que nos dicen que, para poder elaborar las escrituras de compra-venta, necesitan que les digamos nuestra profesión y el número de cuenta desde el que se han realizado los pagos ya efectuados.

Me extraña que pidan la profesión para una escritura (sólo tengo una escritura, la de mi actual piso, y no aparece mi profesión por ningún sitio) y más me extraña aún que pidan el número de cuenta, sobre todo cuando los pagos los hemos hecho en metálico a una cuenta de la promotora.

¿Sabe alguien si esto es normal?¿Ha habido algún cambio en las leyes/decretos/etc. por el que sean necesarios estos datos?

Muy agradecido de antemano a los que me puedan iluminar :ok:

Saludetes

pepeliza
26/11/11, 18:24
El tem de la profesión supongo que es un mero formalismo de la notaría. Si les dices que tienes de profesión "tus labores" o pones "sin profesión especial" no creo que pase nada.
En cuanto al nº de cuenta desde el que se ha hecho el pago, creo que es una imposición de la nueva normativa para que hacienda compruebe los movimientos y el destino de los mismos.
De cualquier manera, esas cuestiones te las aclarará el propio notario ante el que firmes la compraventa.

Jordiher
26/11/11, 19:05
Hola "cloboc". No soy Notario ni Registrador, pero si empleado de este último. Lo que te piden es correcto, por lo que comenta "pepeliza". Es una medida anti blanqueo de dinero.
En todo acto oneroso elevado a público debe demostrarse la procedencia del dinero.

http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/resumenes/prevencion-fraude.htm

O la



LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l10-2010.html)



Como te he comentado, ahora no tanto por desgracia, tengo los huevs pelaos de hacer inscripciones de compraventa y si, no importante para el Registro, en las circunstancias de los intervinientes, actualmente figura la profesión -no inscribible por ser personal-, pero si es inscribible la fuente del capital invertido en la compra. Por otra parte, tenemos obligación de notificar al Banco de España cuando no se demuestra el origen por importes grandes.

Ya ves, en el Registro, cada vez nos dan más labores, pero nos bajan cada vez más los aranceles....

Felicidades por la compra!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! !!

cloboc
27/11/11, 11:18
Gracias a los dos.

A ver si he entendido bien:

- La profesión no es necesaria
- El número de cuenta sí es necesario

Lo que no acabo de entender es que si los pagos los he hecho hasta ahora en metálico e ingresándolos en la cuenta de la promotora ¿tengo que decir de qué número de cuenta saco el dinero?

De todos modos, lo me mosquea es que sea la promotora la que me pida los datos y no el notario.

Gracias de nuevo y saludetes