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Tema: Tasas y aranceles aduaneros. Si queremos comprar fuera de la UE

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  1. #1
    Jordiher
    Visitante

    Post Tasas y aranceles aduaneros. Si queremos comprar fuera de la UE

    Supongo que todos los que somos adictos a las compras originales y de diseño nos hemos visto en alguna ocasión en la situación de querer realizar un pedido a otro país europeo o a los Estados Unidos.

    Con la situación económica actual es realmente ventajoso para nosotros, los europeos, comprar en dólares y por eso nos animamos cada vez más a hacer pedidos trasatlánticos, no obstante las tasas de aduanas y los gastos de envío pueden hacer que, al final, nos salga incluso más caro el pedido.

    Una de las ventajas de pertenecer a la Comunidad Económica Europea es la libertad que tenemos para comprar en los países de la Unión sin pagar tasas ni aranceles aduaneros. Todos los países de la unión compartimos sistema económico y, por tanto, cuando hagas un pedido a un país miembro sólo tendrás que pagar el IVA correspondiente, como en cualquier compra que realices en tu ciudad.


    Los pedidos realizados a otros países, como Estados Unidos, por contra deben pagar aranceles al pasar por las aduanas.
    La tasa de aduanas en España es un porcentaje sobre el precio del producto y a la misma debemos sumarle el IVA que también se nos cobrará antes de poder retirar nuestro pedido.
    El sistema de aduanas español funciona bastante bien y lo más común es que nuestros pedidos deban pasar por el control y pagar religiosamente. No obstante, algunos paquetes tienen más opciones que otros de ser parados, por ejemplo:


    • Los pedidos enviados por agencia de paquetería siempre pagan tasas, la misma agencia se encarga de declararlos y pasaste el cobro. En cambio los paquetes enviados mediante correo ordinario (USPS en el caso de Estados Unidos) suelen pasar desapercibidos con mayor facilidad.
    • Los regalos y productos de muestra no suelen suponer cargos adicionales. Esta especificación debe hacerla la propia empresa cuando envía el paquete y, si no es algo demasiado caro o demasiado grande, suele pasar por la aduana sin problemas. No obstante, si eliges este tipo de envío solicita que se incluya una factura con el valor del producto ya que si finalmente deciden pararlo podrías verte expuesto a pagar lo que el agente de aduanas considere oportuno.
    • Si el remitente es un particular no suelen imponerte cargos.
    • El tamaño importa, es más fácil pasar sin pagar un paquete pequeño que uno grande.

    Por supuesto, influye la suerte que tengas. Yo he realizado bastantes pedidos a Estados Unidos y Asia y no hay una regla que funcione en todos los casos. A veces he pagado tasas por una camiseta y otras he recibido un producto de mayor valor sin cargo ninguno.
    Eso si, como lo normal es que tengas que pagar, procura sacar tus propios cálculos antes de lanzarte a pedir ese producto que parece una ganga en la tienda online. En ocasiones, una vez sumados todos los gastos de envío y las tasas nos encontramos con que podríamos haber ahorrado más incluso comprándolo en nuestra propia ciudad o buscando un distribuidor dentro de Europa.

    El IVA y arancel para la importación de camisetas desde EEUU suponen un 16% y un 12% respectivamente, del total de la factura de tu compra, todo ello en euros mas unos 20 euros que te cobra la compañía de transporte en concepto de tramitación de la DUA, el documento donde se recogen todos los datos de una importación y se pagan los impuestos y además del adelanto del dinero de estos impuestos, que la compañía paga primero en aduana para poder sacar el paquete y entregártelo.

    Un ejemplo practico para que os hagáis una idea:

    Camiseta de Ban T-Shirts por 12,44 euros mas 5,46 euros de gastos de envio hacen un total de 17,90 euros que pagas a la tienda. Una vez en la aduana hay que añadir el 12% de arancel al precio de la camiseta, 1,49 euros, y sobre la suma de todo, 13,93, aplicarle el IVA al 16% que nos darán 2,23 euros que añadidos al total son 16,15 euros a los que finalmente sumamos los 20 euros de tramitación dando un total de 36,15 euros de camiseta mas impuestos mas los 5,46 del envio hacen un total de 41,61 euros en total.

    Al final has pagado 17,90 euros a la tienda y 23,72 de impuestos y papeleos.

    Los aranceles son distintos para según que productos, para el textil en general, por le que he podido leer se le aplica un arancel del 12% mas por supuesto el IVA al 16% que se le aplica a casi todo. Los productos Fair Trade tienen reducciones importantes así como algún producto mas pero no creo que sea procedente el ahondar mas en esto.

    Una cosa que tenéis que tener en cuenta es que las Muestras Comerciales no pagan impuestos.

    Así que después de ver los palos que pegan por una simple camiseta os recomendaría que la próxima vez que vayáis a comprar camisetas en una tienda en USA compréis mas de tres para así dividir el gasto de la tramitación de la DUA por parte de la compañía de transporte.

    Si queréis saber cuanto paga un determinado producto procedente de un determinado pais utilizar este buscador de la AEAT que os dira los aranceles, IVA y descuentos a aplicar al producto, también tenéis mas información en la pagina de la AEAT de como funcionan los aranceles.


    Fuente: Compraadicción

  2. #2
    Jordiher
    Visitante

    Predeterminado

    Aquí podéis ver un estupendo reportaje de un forero, de cómo se paga el arancel:

    http://www.foroderelojes.es/showthread.php?t=21050

  3. #3
    Experto
    Fecha de Ingreso
    02 feb, 10
    Mensajes
    933

    Predeterminado

    Si teneis alguna duda al respecto me enviais un mp, seguramente podré ayudaros.
    Saludos.

  4. #4
    Experto
    Fecha de Ingreso
    02 feb, 10
    Mensajes
    933

    Predeterminado modificaciones ley del IVA 2/03/2010

    Aprovecho este hilo que ha abierto Jordiher, para llamar vuestra atención con respecto a la modificación que ha sufrido la ley del IVA 37/1992, con respecto a la franquicia de pago de IVA con respecto a las importaciones de bienes de "escaso valor".

    Hasta el momento el artículo 34 de la ley, concedía una franquícia a los envios cuyo valor fuera inferior a 150€ los cuales no estaban sujetos al pago del impuesto.

    Esta franquicia ha sido reducida a tan solo 22€ en la nueva ley 2/2010 que ha sido publicada en el BOE ayer día 2 de Marzo.

    Por lo tanto, no será de extrañar que a partir de este momento recibais vuestros envíos internacionales procedentes de terceros paises, con cargos de arancel e IVA con mucha mas frecuencia de la que hasta ahora era habitual.

    Si el transporte se realiza por mensajería internacional, (DHL), (FEDEX), (UPS), (ARAMEX), etc., todos los envíos que superen el valor de 22€ van a sufrir un despacho de aduanas con DUA y el consiguiente pago de IVA con toda seguridad.

    A continuación reflejo el contenido de los artículos a los que me refiero, tal como se encuentran redactados tanto en la antigüa como en la nueva ley:

    Vigente hasta el día de ayer:

    Ley 37/1992, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
    Artículo 34.- Importaciones de bienes de escaso valor.
    Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 150 euros.
    Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
    1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel Aduanero.
    2.º Los perfumes y aguas de colonia.
    3.º El tabaco en rama o manufacturado.

    Vigente a partir de hoy:

    Ley 2/2010 de 1 de marzo (publicada en BOE 2 de marzo del 2010.
    Cuatro. Se modifica el artículo 34, que queda redactado de la siguiente forma:
    «Artículo 34. Importaciones de bienes de escaso valor.
    Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 22 euros.
    Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
    1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel Aduanero.
    2.º Los perfumes y aguas de colonia.
    3.º El tabaco en rama o manufacturado.»

    Además de esta franquicia, existe otra según el artículo 36 de la misma ley por la cual estan exentas de pago, las importaciones de pequeños envios que se remitan de particular a particular y cuyo valor no exceda de 45.-€. , tiene por otra parte límites de cantidades para las labores de tabaco, bebidas alcoholicas, perfumes, café, té, etc.

    Un saludo a tod@s.










    Saludos.
    Última edición por huriana; 04/03/10 a las 01:53

  5. #5
    Jordiher
    Visitante

    Predeterminado

    Cita Iniciado por huriana Ver mensaje
    Aprovecho este hilo que ha abierto Jordiher, para llamar vuestra atención con respecto a la modificación que ha sufrido la ley del IVA 37/1992, con respecto a la franquicia de pago de IVA con respecto a las importaciones de bienes de "escaso valor".

    Hasta el momento el artículo 34 de la ley, concedía una franquícia a los envios cuyo valor fuera inferior a 150€ los cuales no estaban sujetos al pago del impuesto.

    Esta franquicia ha sido reducida a tan solo 22€ en la nueva ley 2/2010 que ha sido publicada en el BOE ayer día 2 de Marzo.

    Por lo tanto, no será de extrañar que a partir de este momento recibais vuestros envíos internacionales procedentes de terceros paises, con cargos de arancel e IVA con mucha mas frecuencia de la que hasta ahora era habitual.

    Si el transporte se realiza por mensajería internacional, (DHL), (FEDEX), (UPS), (ARAMEX), etc., todos los envíos que superen el valor de 22€ van a sufrir un despacho de aduanas con DUA y el consiguiente pago de IVA con toda seguridad.

    A continuación reflejo el contenido de los artículos a los que me refiero, tal como se encuentran redactados tanto en la antigüa como en la nueva ley:

    Vigente hasta el día de ayer:

    Ley 37/1992, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
    Artículo 34.- Importaciones de bienes de escaso valor.
    Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 150 euros.
    Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
    1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel Aduanero.
    2.º Los perfumes y aguas de colonia.
    3.º El tabaco en rama o manufacturado.

    Vigente a partir de hoy:

    Ley 2/2010 de 1 de marzo (publicada en BOE 2 de marzo del 2010.
    Cuatro. Se modifica el artículo 34, que queda redactado de la siguiente forma:
    «Artículo 34. Importaciones de bienes de escaso valor.
    Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 22 euros.
    Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
    1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel Aduanero.
    2.º Los perfumes y aguas de colonia.
    3.º El tabaco en rama o manufacturado.»

    Además de esta franquicia, existe otra según el artículo 36 de la misma ley por la cual estan exentas de pago, las importaciones de pequeños envios que se remitan de particular a particular y cuyo valor no exceda de 45.-€. , tiene por otra parte límites de cantidades para las labores de tabaco, bebidas alcoholicas, perfumes, café, té, etc.

    Un saludo a tod@s.










    Saludos.
    Gracias Huri por la información. Está claro que hay que sacar dinero de donde puedan...grrrrrrrrrrrrrrrrr...

  6. #6
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    Predeterminado

    Desde luego que no dejo de aprender aqui, todos los dias algo nuevo agradecido quedo con esta información.

  7. #7
    Relojista
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    82

    Predeterminado

    La biblia para las compras extracomunitarias...
    Gracias a todos por el trabajo en beneficio de todos.
    Saludos

  8. #8
    Jordiher
    Visitante

    Predeterminado Correos vuelve a asumir la gestión de Aduanas


  9. #9
    Experto Avatar de drahimik
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    Predeterminado

    Ya esta gente se han puesto las pilas , que buenos tiempos que comprabamos en USA y venia directamente, y ahora pasara por el cepillo de Gobierno, hace tiempo que no compro nada por alli, no quiero llevar la sorpresa de 16$ de iva.

  10. #10
    Moderador Avatar de pepeliza
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    Predeterminado

    Correos asumió la gestión de aduanas porque, según decían, Speedtrans funcionaba con mucha lentitud...
    Pues bien, hoy he recibido un paquete gestionado por Correos. Tengo que decir que, en el momento que recibí el presupuesto para pagar los aranceles y los gastos de tramitación, hice el pago por traspaso del importe directamente a la cuenta de Correos desde el mismo banco, por lo que el abono es instantáneo...
    Pues bien, una imagen vale más que mil palabras.

    Nombre:  importcorreos.jpg
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